¿Tu empresa organiza e imparte Formación programada en modalidad Teleformación? Te interesa esta publicación:
Compartimos la reciente publicación de La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo ha publicado las ORIENTACIONES PARA LA TELEFORMACIÓN para la empresas que realicen formación programa (noviembre 2016), donde establecen los criterios exigibles y deseables para las acciones formativas bajo esta modalidad.
Encontrarás los requisitos relativos a:
1. DEFINICIÓN
2. REQUISITOS DE LAS PLATAFORMAS
2.1. Requisitos Técnicos de la Plataforma
2.2. Organización de la formación
2.3. Registros de actividad
2.4. Herramientas de comunicación
2.5. Contenidos formativos
3. SISTEMA TUTORIAL
3.1. Requisitos del sistema tutorial
3.2. Requisitos de los Tutores-formadores
3.3. Funciones del tutor-formador
4. CONTROLES DE APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN
4.1. Controles de aprendizaje
4.2. Cuestionario de evaluación
5. ACREDITACIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
5.1. Período de mantenimiento del curso/plataforma
5.2. Documentación acreditativa a conservar
La FEFE considera la Teleformacón en estos términos "una acción formativa se realiza mediante teleformación (e-learning, formación on-line, formación virtual, etc) cuando su impartición se desarrolle a través de una plataforma que posibilite la interacción de participantes, tutores y recursos localizados en diferentes lugares."
1. DEFINICIÓN
2. REQUISITOS DE LAS PLATAFORMAS
2.1. Requisitos Técnicos de la Plataforma
2.2. Organización de la formación
2.3. Registros de actividad
2.4. Herramientas de comunicación
2.5. Contenidos formativos
3. SISTEMA TUTORIAL
3.1. Requisitos del sistema tutorial
3.2. Requisitos de los Tutores-formadores
3.3. Funciones del tutor-formador
4. CONTROLES DE APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN
4.1. Controles de aprendizaje
4.2. Cuestionario de evaluación
5. ACREDITACIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
5.1. Período de mantenimiento del curso/plataforma
5.2. Documentación acreditativa a conservar
La FEFE considera la Teleformacón en estos términos "una acción formativa se realiza mediante teleformación (e-learning, formación on-line, formación virtual, etc) cuando su impartición se desarrolle a través de una plataforma que posibilite la interacción de participantes, tutores y recursos localizados en diferentes lugares."
4 comentarios :
Lo importante es saber qué RANGO tendrán estas "orientaciones", entiendo que si no figura en la Ley, RD u Orden no tiene validez aunque lo ponga en las "Orientaciones".
Hola! Efectivamente, por ahora entiendo que solo son "orientaciones"; al ser reciente la publicación estaremos pendientes por si lo elevan a rango superior. Muchas gracias por su comentario ;-)
Es sumamentw importante el tutorial, que permita que la sociedad civil se manifieste, a través de este medio y se puedan orientar problemas, inquietudes y observaciones, para darles formaro legal e incluirlas en el areglamento, disposiciones y irdenanzas del intered del munucio. Esto sirve com enseñanA y practica para otros. La integracion de las ideas y la mejor operatividad. Buscar y alcanzar resultados.
Muchas gracias Enrique por su comentario.
Encantando si mis publicaciones le sirven, un cordial saludo.
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